¿Te acosan los cobradores? Esto es ilegal y podemos detenerlo
Te explicamos qué prácticas de cobranza están prohibidas por ley y cómo defenderte del acoso telefónico y las visitas intimidantes.
Principales Beneficios de Defenderse de Cobranzas Abusivas
Detener el acoso no solo recupera tu tranquilidad, sino que también protege tus derechos fundamentales. Estos son los beneficios concretos de contar con una defensa legal especializada.
Fin Inmediato del Acoso Telefónico
Detenemos las llamadas constantes, los mensajes intimidantes y las visitas de cobradores a tu domicilio o trabajo.
Defensa de tu Imagen y Reputación
Evitamos que los cobradores contacten a tus familiares, vecinos o empleadores, protegiendo tu honra y tu entorno.
Protección de tu Salud Mental
Recuperas tu paz y bienestar al eliminar la presión constante y el estrés que generan las cobranzas abusivas.
Posibilidad de Demandar al Acreedor
Si el acoso fue grave, podemos asesorarte para iniciar acciones legales contra la empresa y obtener indemnizaciones por daño moral.
¿Qué se considera cobranza abusiva en Chile?
La ley chilena establece límites claros a las gestiones de cobranza. No todo vale. Te explicamos qué prácticas están prohibidas.
En Chile, la Ley N° 20.575 establece el marco para la cobranza extrajudicial de deudas. Se considera abusiva toda gestión que afecte la dignidad, la honra, la intimidad o la integridad física o psíquica del deudor. Esto incluye acoso telefónico a destajo, llamadas a terceros no relacionados con la deuda, visitas intimidantes, amenazas de embargo sin orden judicial, y el uso de lenguaje grosero o humillante. Un abogado especialista puede identificar estas prácticas y ponerles freno de inmediato.
Principales Características de Nuestra Defensa
Nuestro enfoque para detener las cobranzas abusivas es integral y estratégico. Así actuamos para protegerte.
Análisis de tu Caso
Revisamos el historial de llamadas, mensajes y visitas para identificar todas las prácticas ilegales cometidas en tu contra.
Envío de Carta de Cese de Acoso
Remitimos una carta formal al acreedor y a la empresa de cobranza, exigiendo el cese inmediato de las gestiones abusivas bajo apercibimiento de acciones legales.
Negociación con Acreedores
Establecemos un canal de comunicación profesional para negociar la deuda sin presiones, buscando condiciones justas y el fin del acoso.
Denuncia ante el SERNAC
Si el acoso persiste, interponemos denuncias formales ante el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) para que sancione a la empresa.
Acciones Judiciales por Daño Moral
En casos graves, preparamos y presentamos demandas por daño moral contra las empresas responsables del acoso sistemático.
Protección de tu Entorno
Gestionamos que los cobradores cesen el contacto con tus familiares, vecinos o empleadores, protegiendo tu red de apoyo y tu trabajo.
Preguntas Frecuentes sobre Cobranzas Abusivas
1. ¿Hasta qué hora pueden llamar los cobradores?
Según la ley, las gestiones de cobranza deben realizarse en días hábiles y en horarios razonables (generalmente de lunes a viernes entre 9:00 y 20:00 hrs). Las llamadas después de ese horario, en fines de semana o feriados son consideradas abusivas.
2. ¿Pueden cobrarme una deuda prescrita?
No. Si tu deuda superó los 5 años desde que se hizo exigible y no hubo gestiones judiciales válidas, está prescrita y no puede ser cobrada legalmente. Si te acosan por una deuda prescrita, podemos actuar de inmediato.
3. ¿Es legal que los cobradores llamen a mis familiares o vecinos?
No. Solo pueden contactar a terceros para ubicarte, pero no para informarles sobre tu deuda, presionarlos o humillarte. Si lo hacen, están incurriendo en una práctica abusiva grave.
4. ¿Qué hago si un cobrador me amenaza con embargar?
Un embargo solo puede ser ordenado por un tribunal dentro de un juicio ejecutivo. Si no hay demanda judicial, las amenazas de embargo son ilegales y deben ser denunciadas.
5. ¿Cuánto cuesta contratar a un abogado para detener las cobranzas?
La primera asesoría es sin costo. Evaluamos tu caso y te proponemos un plan de defensa con honorarios claros y transparentes, ajustados a la complejidad del acoso que estés sufriendo.
6. ¿Atienden solo en Providencia?
Tenemos oficina en Antonio Bellet 193, Oficina 1310, Providencia, pero también atendemos vía WhatsApp y videollamada a clientes de Santiago Centro, Ñuñoa, Las Condes, Maipú, Puente Alto y todo Chile.
7. ¿Puedo demandar a la empresa que me acosa?
Sí, si el acoso ha sido sistemático y ha afectado tu salud o tu honra, podemos estudiar la viabilidad de una demanda por daño moral contra la empresa mandante o la empresa de cobranza.